El Municipio publicó el decreto con restricción nocturna

El Municipio publicó el decreto

El Municipio publicó el decreto que adhiere a las nuevas disposiciones y a la restricción nocturna que Provincia anunció días atrás. El toque sanitario comenzará a regir a partir de este martes y será de 1 a 6 de la madrugada.

Serán exceptuados del toque las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas que son definidas como esenciales.

Los supermercados, almacenes y despensas, carnicerías, pescaderías, fiambrerías, granjas y pollerías, verdulerías y fruterías, panaderías y confiterías, ferreterías, artículos de limpieza y lavanderías- (8 a 22hs).

Los kioskos podrán funcionar de 7 a 00hs.

Menciona la reducción de las reuniones sociales que serán hasta 10 personas al aire libre.

El decreto:

Actividades deportivas:

Actividades culturales: Las actividades en este ítem serán de 8 a 20hs.

Transporte público de pasajeros:

El transporte público de pasajeros en colectivos podrá funcionar de 6 a 23 hs con frecuencias similares a las de los días domingos y feriados debiendo continuar con los protocolos sanitarios.

Autorízase a los taxis y remises funcionar sin restricción horaria. El transporte privado que se realiza en combis y/o micros sólo podrá funcionar el que se encuentre relacionado a la actividad minera y a los procesos industriales habilitados.

Cementerios Municipales:

Podrá funcionar los días lunes a viernes de 8 a 13hs y los días sábados de 8 a 16hs.

Espacios de culto:

Podrán funcionar de 8 a 20hs pudiendo ingresar para orar y para tener un breve encuentro con el referente religioso. En ningún caso podrá haber más de 10 personas debiendo respetarse el distanciamiento social que nunca podrá ser inferior a los dos metros. Las celebraciones religiosas al aire libre y al 50 % de la capacidad del lugar, y no podrán superar las 100 personas.

Velorios e inhumaciones:

Lapso de dos horas y no podrá haber más de 10 personas.

Reuniones sociales:

Las mismas serán hasta 10 personas en domicilios particulares, como en espacios privados o públicos. Con relación a las infracciones que se formulen en las quintas destinadas a alquiler temporario por violación a la autorización otorgada la multa se aplicará al titular registrar y al locatario de la misma.

 

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