A partir de hoy

A partir de hoy comienza la devolución del 35% retenido a cuenta de ganancias de empleados en relación de dependencia

A partir de hoy comienza la devolución del 35% retenido a cuenta de ganancias de empleados en relación de dependencia.

De acuerdo a la Resolución General (AFIP) 4003 se establece que los empleadores deben realizar la liquidación anual del impuesto a las ganancias hasta el último día hábil de abril del año siguiente al período que corresponda.

Esa liquidación anual puede arrojar que se deba retener o devolver impuesto a las ganancias.

Los empleados en relación de dependencia, para recibir el dinero retenido en concepto de ganancias debieron presentar el Formulario F572 antes del 13 de abril, ya que la AFIP este año prorrogo la fecha de presentación (la carga de datos siempre se efectúa hasta el 31/03 de cada año)

Tanto la retención como la devolución se debe realizar en el primer pago posterior a la fecha en que se realice la liquidación, y hasta el último día hábil del mes de mayo. Al prorrogarse la fecha de presentación del F572, las empresas solo tuvieron 10 dias hábiles para realizar la liquidación.

A partir del dia de hoy los empleadores comenzaran a devolver las percepciones del 35% de ganancias que fueron realizadas en el año 2021. Entre otros motivos, se encuentra la compra del “dólar ahorro” y el abono con tarjetas en servicios de moneda extranjera, tales como “Netflix” o “Spotify”.

Por: Contadora Monteleone Antonela legajo 42283/5

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